Luego de muchos años de lucha de pacientes
y ONGs, se aprobó la Ley Nacional de Fertilización Asistida. El objeto es
garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas de reproducción
asistida. Quedan comprendidas técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan
o no la donación de gametos (óvulos-espermatozoides) y/o embriones. Podrán
incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances
científicos, que sean autorizados por el Ministerio de Salud de la Nación. Se
incluyen en el Programa Médico Obligatorio (PMO) estos procedimientos, así como
los de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo según lo establezca el
Ministerio de Salud y no podrá introducir limitaciones que impliquen la
exclusión debido a la orientación sexual o el estado civil. También quedan
incluidos la cobertura de “guarda de gametos” para aquellas personas, incluso
menores de 18 años, que por problemas médicos o intervenciones quirúrgicas
puedan ver afectada su capacidad de procrear en el futuro.
Hoy en día, Argentina es uno de los países
de la región con mayor acceso a este tipo de tratamientos, con una cobertura
del 10% de los mismos. Con esta ley se estima llegar a una cobertura del 50% o
más, como ocurre en países desarrollados. Para esto, será necesario acompañarlo
de medidas económicas y de Salud Pública que asegure el carácter inclusivo de
la Ley.
Cómo sigue esto? La ley fue aprobada y debe
cumplir con dos etapas: Promulgación, en la cual la Presidencia
de la Nación debe reconocer que el Congreso dictó una ley, se publica en el diario oficial y se convierte en obligatoria.
Esto lleva un tiempo aproximado de 10 días. Y la Reglamentación, que se
lleva a cabo a través del Ministerio de Salud, quien determina como va a ser
implementada la ley, en un lapso aproximado de 3 meses.
Esta es la etapa más importante, donde el Ministerio de Salud de
la Nación y provinciales, las sociedades científicas, asociaciones de pacientes
y los profesionales que acompañamos a los pacientes,
debemos trabajar juntos para lograr que esta ley sea justa e inclusiva.
El ministerio de
Salud Publica de la Nación y provinciales, todos los profesionales de la
Medicina Reproductiva, Centros de Reproducción Asistida, Sociedad Argentina de
Medicina Reproductiva, Asociación Argentina de Centros de Reproducción Asistida
, Asociaciones de Pacientes, industria farmacéutica y prestadores de salud
debemos trabajar ya, en forma mancomunada y consensuada, por el bien común y de
los pacientes, dejando de lado los intereses individuales.
Dr. José L. Ordoñez. Especialista en Obstetricia y Medicina Reproductiva
Dr. José L. Ordoñez. Especialista en Obstetricia y Medicina Reproductiva